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La Voz Latinoamericana de las Personas con Discapacidad

ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, OMPD

De acuerdo a la Constitución  de la OMPD, los Estatutos deberán ser reglas y regulaciones detalladas acerca de los procedimientos a seguirse dentro de la organización. Es la responsabilidad del Consejo Mundial adoptar y enmendar los Estatutos. Manteniéndose dentro de esta línea, los Estatutos proporcionarán aclaración y dirección solamente en  áreas descritas de modo general en la Constitución  y también una dirección adicional  en materia de políticas y de procedimientos. En documentos más detallados se tratan áreas tales como las de  políticas de personal y las de reglas de procedimientos.

Objetivo de la Organización Mundial de Personas con Discapacidad :

La filosofía general de la  OMPD está detallada con claridad en: La Constitución, el Manifiesto de la Declaración de Singapur y en otros documentos. Los Estatutos proporcionan una declaración clara de las misiones.

El objetivo de la OMPD es promover los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad mediante una participación plena, la igualdad de oportunidades y el desarrollo.

AFILIACION

Mientras las estructuras y los modelos de organización de las asambleas nacionales variarán de un país a otro, los siguientes principios regirán para todas éstas.

ASAMBLEAS NACIONALES:

-       Deben ser organizaciones inter-discapacidad, esto significa que proporcionan a todas las personas con discapacidad la   oportunidad de participar en las mismas.

-         No están limitadas a los países que están afiliados en las Naciones Unidas. En cualquier país, una organización de personas con discapacidad dedicada a promover sus derechos puede tener la suficiente calificación  para afiliarse a la OMPD.

-        De acuerdo a la Constitución deben de tener alcance nacional. Si no fuera así, estas deben contar con un plan de acción para su desarrollo organizacional y con procedimientos para la participación a nivel de base en todas las áreas del país donde se puede desarrollar organizaciones.

-         Deben informar a la Oficina Central de la OMPD acerca de su calificación para afiliarse, antes de cada Asamblea Mundial, para que la oficina pudiese organizar un foro.

SOLICITUDES DE AFILIACION:

Las solicitudes de afiliación deberán ser presentadas a la oficina Regional a al Presidente; las cuales serán  presentadas al Consejo Mundial para su adopción, solamente después de que el Ejecutivo o el Consejo Regional haya tomado una decisión al respecto. Cada Región deberá presentar anualmente a la oficina Central, una lista actualizada de las direcciones postales de sus asambleas nacionales. Las solicitudes deberán estar acompañadas por una copia de la Constitución, una lista de los miembros del grupo dirigente y una declaración de adhesión al objetivo y  a los principios de la afiliación de la OMPD. Se seguirá el mismo procedimiento en caso de que en el país se formase otra organización y la cual desease afiliarse.

REVISION DE LA AFILIACION Y PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS

(Artículo seis de la Constitución)

La intención general sería la de asistir a la Asamblea Nacional en el cumplimiento de los principios generales de la filiación, más que buscar las razones para su exclusión. Si una Asamblea Nacional no se condujera de acuerdo a la Constitución y los Estatutos de la OMPD, el Consejo Mundial nombrará un comité compuesto de tres personas incluyendo en éste una representación regional, para hacer una revisión de su afiliación basada en los principios indicados arriba. Se harán todos los esfuerzos  posibles para asistir a la organización en el desarrollo de un plan de acción o a proporcionar asistencia mediante el programa de desarrollo. Eventualmente si esto no resultara de manera exitosa, deberá ser presentada en la siguiente reunión del Consejo Mundial una recomendación para una acción disciplinaria o para su expulsión.

Con el objeto de estimular a las asambleas nacionales a  implementar los principios, los ejemplos de modelos de buena práctica, esto es que si las asambleas nacionales resultaron ser efectivas, deberán ser compartidas a nivel regional  e internacional, por intermedio de los programas de capacitación, boletines e informes nacionales.

DESCRIPCION DE TRABAJO DEL REPRESENTANTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL:

-      Proporcionar liderazgo a la delegación de la Asamblea  Nacional, ante las asambleas regionales y         mundiales

-      Estar bien informado acerca de las cuestiones y asuntos de interés de la Asamblea Nacional y tener         una buena reputación en la misma.

-     Si resultara elegido-a , a cumplir con su responsabilidad en el Consejo Regional y /o en el Consejo Mundial

-     Asegurar que se conduzcan consultas en la Asamblea Nacional acerca de temas a ser abordadas a nivel regional y/o de estructuras mundiales.

-          Dirigir en su país, a los miembros de la Asamblea Nacional con el objeto de promover  a la OMPD entre los gobiernos, en materia de política externa, ayuda extranjera y agencias de desarrollo.

-          Asistir con iniciativas de recolección de fondos para que la Asamblea Nacional sea partícipe en las actividades de la OMPD.

-          Convertir en prioridad la representación a la OMPD, cuando se tratara de comprometer tiempo.

CONSEJO MUNDIAL

La autoridad del Consejo Mundial está definida claramente en el artículo once ( 11 ) de la Constitución. El proceso de tomar decisiones está basado  en un modelo de conceso. Cuando esto no fuera posible se recurrirá a las reglas y procedimientos que fueran adoptadas en 1998 ( ver documento) “Reglas y Procedimientos”.

Los miembros del Consejo Mundial deberán proporcionar modelos de buen liderazgo al consultar con las estructuras regionales, informar sobre las actividades del Consejo Mundial, asegurar una comunicación efectiva con las regiones, informarse sobre los temas internacionales de la discapacidad y dar cumplimiento puntual con las tareas que le fueron asignadas por el Consejo Mundial.

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO MUNDIAL

Los miembros del Consejo Mundial son elegidos por un término de cuatro años. Se deberá iniciar una medida disciplinaria solamente si existiera evidencia de mala conducta la cual se encuentra claramente en conflicto con la filosofía, las políticas o el procedimiento de la OMPD.

En el caso de que un miembro del Consejo Mundial  realizara una malversación de fondos, el consejo Mundial  deberá establecer un comité disciplinario compuesto de tres personas incluyendo entre estas a un miembro del Consejo Regional el cual reciba la información del caso, tanto de la Asamblea Nacional como del Consejo Regional. El comité presentará en la próxima reunión del Consejo Mundial  sus recomendaciones para la acción disciplinaria.

RESPONSABILIDADES DE LOS DIRECTORES DEL EJECUTIVO

PRESIDENTE.- Proporcionar un liderazgo efectivo a toda la OMPD, al asegurar el proceso democrático de la toma de decisiones y al implementar la visión establecida en la Asamblea Mundial ; y ser responsable de manera específica en asegurar la representación en la ONU  y en las reuniones internacionales. Presidir las reuniones del Consejo Mundial y del Ejecutivo  y a proveer dirección efectiva  para hacer posible de que esos cuerpos cumplan con su trabajo.

DIRECTORES DEL EJECUTIVO.- Se tiene la expectativa  de que los Directores del Ejecutivo estarán involucrados en asegurar la implementación general de las políticas establecidas en las asambleas mundiales y de las decisiones tomadas por el Consejo Mundial. Ellos tendrán la autoridad para tratar asuntos legales y de otra naturaleza cuando el Consejo no se reuna e informe para su ratificación en la próxima reunión del mismo.

VICEPRESIDENTE ( 1 ).- Ser  responsable de la promoción general  de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Aceptar las obligaciones del presidente cuando él / ella no pueda cumplir con su obligación.

VICEPRESIDENTE ( 2 ) .- Ser responsable  general de las funciones de desarrollo en OMPD, incluyendo el programa de desarrollo, de la inclusión de grupos sub-representados y del funcionamiento efectivo de los comités de la OMPD.

SECRETARIO ( A ).- Asistir en la planificación de las reuniones y en la elaboración de los puntos de la agenda. Asegurar de que se tome el acta y de que se lo distribuya. Informar  al Ejecutivo acerca de los asuntos del personal y actuar como punto de enfoque en los procedimientos de quejas del personal.

TESORERO.- Ser responsable de presentar los informes financieros  al Ejecutivo  y al Consejo Mundial; asegurar de que sean establecidos y asegurados e implementados procedimientos financieros efectivos. Supervisar el desarrollo de estrategias de recolección de fondos.

DIRECTOR DE INFORMACION.- Esta persona deberá ser seleccionada por el Consejo Mundial  de entre los representantes regionales y ser responsable de políticas y procedimientos de comunicación efectiva. De modo específico  para el boletín, implementar las políticas tanto de los medios de comunicación alternativos y como de traducción e interpretación.

PRESIDENTE- ANTERIOR.- A fin de facilitar la continuidad , el presidente anterior deberá continuar siendo miembro del Ejecutivo.

REPRESENTANTES REGIONALES.- Deberán ser responsables de asegurar una comunicación efectiva con las regiones, explicar y promover las decisiones del Consejo Mundial y del Ejecutivo a nivel regional; y asegurar la contribución regional en la toma de decisiones.

PROCEDIMIENTOS DE ELECCION

De acuerdo al artículo 13 de la Constitución, la Asamblea Mundial elegirá un comité de nominación compuesto de un representante de cada región, para servir  por un término de cuatro años. Los Directores del Ejecutivo cumplirán con esta función para realizar los preparativos de la primera Asamblea Mundial. Una lista de miembros del Consejo Mundial, tal como fueran elegidos por cada región, deberá ser publicada en Discapacidad Internacional con tres meses de anticipación a cada Asamblea Mundial; de modo que las asambleas nacionales puedan enviar al Comité de Nominación sus recomendaciones para prestarle asistencia en la preparación de su informe al Consejo Mundial.

COMITES DE LA OMPD

El propósito general de nombrar un comité es el de realizar el trabajo del Consejo Mundial. Los comités permanentes de la OMPD serán establecidos solamente cuando se hayan determinado: Un argumento claro, un mandato, una estructura, un plan de acción y un plan financiero. De acuerdo a la Constitución, ésta es la responsabilidad del Consejo Mundial . Los miembros de los comités deberán ser seleccionados por su capacidad y experiencia y no en base a la representación.

El Consejo  Mundial  podría buscar  asesoramiento  de la región , pero, no es  la responsabilidad de esta última la de nombrar a los miembros de los comités.

El Consejo Mundial podría nombrar una Fuerza de Tarea o grupos de trabajo para llevar a cabo actividades específicas o para preparar las recomendaciones para un comité permanente. Ellos deberán informar en la siguiente reunión del Consejo Mundial y ser disueltos en esa oportunidad.

El Consejo Mundial podría recomendar a la Asamblea Mundial el establecimiento de comisiones, las cuales podrían tener  mas responsabilidad que un comité en el manejo de áreas identificadas  por el Consejo Mundial. Todos los comités, fuerzas de tarea o comisiones son responsables  ante el Consejo mundial o los  Directores del Ejecutivo, en los períodos entre las reuniones del mismo. La relevancia  de todos los comités y comisiones y su necesidad de mantener continuidad deberán ser revisadas cada cuatro años por el Consejo Mundial.

Criterios para el establecimiento de fuerzas de tarea:

1.- Para efectuar una tarea específica limitada en tiempo que requiera una habilidad o conocimientos especializados.

2.- Disponibilidad de fondos para llevar a cabo su trabajo o un plan de acción para adquirirlos.

3.- Que consista en no mas de 3 a 5 personas, puede ser de que ellos, para, realizar  su trabajo consulten con otras personas.

4.- Los miembros de la fuerza de tarea serán seleccionados en base a la habilidad, al compromiso y a la disponibilidad de tiempo.

5.- El presidente de la fuerza de tarea tiene la responsabilidad de asegurar de que el trabajo sea realizado a tiempo.

Criterios para el establecimiento de un comité permanente:

1.- Cuando la fuerza de tarea haya proporcionado el argumento para una estructura continua.

2.- Para abordar cuestiones que tiene una naturaleza continua y que requiere más atención de la que los Directores del Ejecutivo puedan proporcionar.

3.- Para traer experiencia y conocimiento acerca de ciertas cuestiones continuas.

4.- Cuando se haya demostrado una necesidad clara en donde se requiera una estructura adicional y de que esta materia no podrá  ser abordado adecuadamente por los Directores del Ejecutivo.

5.- Cuando se haya elaborado un plan de factibilidad claro para que el comité pueda llevar a cabo su trabajo.

6.-Los miembros del comité serán limitados en número no siendo estos mas de siete ( 7 ) . Se podría establecer una red más amplia para la participación y la disiminación de la información, pero, no para la toma de decisiones.

Criterios para el establecimiento de comisiones:

1.- Para tratar asuntos que requieran un compromiso de largo tiempo y que son de naturaleza técnica y que requieren una habilidad especializada.

2.- Para tratar asuntos que requieren financiamiento  que es difícil de adquirir mediante las estructuras vigentes.

3.- Para proporcionar un mecanismo de colaboración  con otras organizaciones tales como el Modelo de Derechos Humanos.

4.- Todas las comisiones tendrán la responsabilidad de conseguir su propio financiamiento y serán responsables ante el Consejo Mundial.

Contratación de Personal:

El rol general del personal es el de llevar a cabo las directivas del Consejo Mundial. Este último es responsable de contratar al Director Ejecutivo y de establecer una descripción de trabajo.

-          El Director Ejecutivo es responsable de la contratación de otros miembros del personal  de acuerdo a las descripciones de trabajo y las líneas de dirección presupuestarias adoptadas por  el Consejo Mundial o el Ejecutivo de los Directorios.

-          El Director Ejecutivo deberá ser una persona con discapacidad.

-          El Director Ejecutivo y todos los directores regionales  deberán ser contratados en base a posiciones de término limitado, de no más de cuatro años de duración. Estas posiciones deberán ser concluidas automáticamente, sin embargo,  las mismas podrán ser renovadas por otros términos adicionales.

-          El estilo de administración de las oficinas de OMPD deberá reflejar la filosofía de la participación asegurando, no obstante, una eficiente administración . La prioridad del Director Ejecutivo y de los Directores Regionales  es el manejo eficiente  de la oficina y del trabajo asignado por  el Consejo Mundial y el Consejo Regional y  no el de representar a la organización.

-          El Director Ejecutivo podrá ser despedido si  existiera evidencia de malversación  de fondos, o si fuera incapaz de dirigir efectivamente al personal de la oficina  y de conducir la administración  en detrimento de la organización.

-          Si los criterios de desempeño previamente  establecidos no fueran logrados-

-          Si se involucrara en un politiqueo excesivo con los miembros del Consejo Mundial.

-          El personal regional deberá atenerse por lo general a las políticas y procedimientos  del personal establecidos por el Consejo Mundial, excepto en las áreas en las que el Consejo Regional haya establecido procedimientos diferentes. Se deberá informar acerca de estos últimos al Consejo Mundial.

Asuntos financieros y de presupuestos ( para mas detalles ver Políticas del Personal  OMPD)

De  acuerdo a la Constitución de la OMPD, cada Asamblea Nacional es responsable de obtener fondos para su participación en : La Asamblea y el Consejo Regional, en la Asamblea y  el Consejo Mundial.  Por lo tanto las prioridades presupuestarias  son para el trabajo de los Directores del Ejecutivo, del personal de la OMPD y para las actividades de los programas establecidos por el Consejo Mundial.

-          Cada región es responsable de adquirir y de administrar sus propios fondos.

-          Cuando se proporcionara asistencia a las regiones o a las sub-regiones, esta se hará  ateniéndose a los procedimientos claramente establecidos y un acuerdo escrito, el cual requerirá un bosquejo tanto de las actividades como de los procedimientos de información al respecto.

-          A los voluntarios que realizan trabajos por cuenta de la OMPD, se les deberá reembolsar solamente los costos en los que ellos incurrieron. Las tarifas por día serán determinadas  por los Directores del Ejecutivo de la OMPD.

-          Para que los comités  o los directores pudiesen recibir fondos, deberán existir  tanto un plan de acción como procedimientos de información al respecto, los cuales deberán ser establecidos con anticipación.

Proceso Presupuestario

Todas las estructuras, incluyendo a los Directores del Ejecutivo de la OMPD a las regiones y a los comités deberán proporcionar un presupuesto y un plan de actividades, por lo menos con un mes de anticipación antes de término año fiscal, para ser considerado en el presupuesto del próximo año.

Relaciones con otras organizaciones

-          Políticas a ser desarrolladas acerca de :

·         Organización DE, Organización PARA

·         Cooperación CON

Políticas acerca de los lenguajes y de los medios de comunicación alternativos

La OMPD deberá funcionar en castellano ( español ) , francés, inglés y en medios  de comunicación alternativos . Las reuniones de la Asamblea Mundial  deberán contar con traducciones en los tres lenguajes oficiales y en los medios de comunicación alternativos. La documentación para el Consejo  y la Asamblea Mundial deberá estar en los tres lenguajes  oficiales.

Los documentos de la OMPD tales como “La Constitución “, “Los Estatutos”, sus actas deberán estar en los tres lenguajes y en los medios de comunicación alternativos.

Los informes y los documentos para las reuniones deberán ser enviados a la Oficina Central  con tres meses de anticipación para asegurar su traducción y su producción en los respectivos medios de comunicación alternativos.

Enmienda de los Estatutos

Estos Estatutos  podrán ser enmendados por dos tercios ( 2 / 3 ) de votos de los miembros del  Consejo Mundial que se encontraran asistiendo, habiéndose tomado la provisión de enviar avisos al respecto con tres meses de anticipación.

 

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