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Información sobre discapacidad.
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Ruta: Legislación
> Autonómica
> Creación de la ORIAD.
Orden de 17 de septiembre de 1998, de la Consejería de
Sanidad y Política Social por la que se crea la Oficina Regional
de Información y Asesoramiento a Personas con Discapacidad.
(BORM 29/09/98)
ÍNDICE:
Objeto.
Principios.
Objetivos.
Funciones y competencias.
Personal.
Organización y funcionamiento.
Coordinación.
DISPOSICIONES FINALES.
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden tiene por objeto la creación de una
Oficina Regional de Información y Asesoramiento a Personas con
Discapacidad (ORIAD), que se configura como una unidad
administrativa dependiente de la Subdirección de Gestión de
Servicios Sociales del Instituto de Servicios Sociales de la
Región de Murcia, a través del Servicio de Atención a
Discapacitados y Otros Colectivos.
Artículo 2. Principios.
Los principios básicos en que se fundamenta la
organización y funcionamiento de esta Oficina son:
- Universalidad de acceso a los recursos normalizados, como
derecho de todo ciudadano.
- Agilidad en la gestión y tratamiento de la información, como
medio para conseguir mayor eficacia en la prestación del
servicio.
- Proximidad y Cercanía, en orden a facilitar el acceso a la
información y asesoramiento, eliminando barreras y estableciendo
una relación personalizada.
- Identificación, para proporcionar un trato adecuado y
correcto de información a las personas con discapacidad.
Artículo 3. Objetivos.
Los objetivos generales de la Oficina regional de
Información y Asesoramiento a Personas con Discapacidad son:
- Constituir un lugar de referencia para las personas con
discapacidad sobre recursos, ayudas, prestaciones y servicios,
facilitando un asesoramiento especializado.
- Preparar y difundir la información especializada a diversos
Organismos y Entidades Locales que acerquen la información a las
personas con discapacidad y a sus familias.
- Proporcionar información especializada en las áreas de
Rehabilitación, Formación, Integración laboral e Integración
Social.
Artículo 4.- Funciones y
competencias.
Son funciones y competencias de la Oficina Regional de
Información y Asesoramiento a Personas con discapacidad:
- Identificar y recoger información específica o general de
los diferente Organismos, Instituciones y Entidades de interés
para las personas con discapacidad.
- Determinar la Entidades relacionadas con las diferentes áreas
de Rehabilitación, Formación, Integración Laboral y Social y
establecer los modelos y métodos de recogida de información.
- Cotejar y actualizar los datos e información disponibles en
la Administración Regional respecto de otras entidades,
federaciones, asociaciones y fundaciones.
- Organizar, coordinar y clasificar la información de la
Oficina para su prestación a los ciudadanos y entidades
públicas y privadas, fomentando su divulgación mediante
folletos u otros canales informativos.
- Recoger y canalizar la información de las prestaciones y
servicios del ISSORM y de la Dirección General de Política
Social, en particular en cuanto a normativas e impresos
normalizados.
- Establecer los canales y personas de contacto para
temporalizar la recepción de información de los diferentes
Organismos.
- Diseñar vías de recepción y coordinación con las unidades
administrativas del ISSORM y de la Dirección General de
Política Social que presten servicios a este colectivo, que
permitan conocer el estado de tramitación de sus expedientes de
prestaciones, pensiones, acceso a servicios y centros.
- Determinar el establecimiento de recepción de solicitudes y
documentación, sólo para actuaciones relacionadas con los
procedimientos tramitados por el ISSORM y la Dirección General
de Política Social.
- Establecer protocolos de evaluación de las demandas y
consultas realizadas en la Oficina.
- Facilitar la conexión con el Centro de Documentación de
Servicios Sociales, para disponer de listados de bibliografía,
artículos científicos, legislación y demás información de
interés.
- Preparar, organizar y coordinar la información enviada,
temporalizando según recepción y demanda de los usuarios.
- Prestar información y asesoramiento sobre recursos
comunitarios y privados, así como de las ayudas técnicas, en
las áreas de Rehabilitación y Formación.
- Propiciar a las personas con discapacidad un asesoramiento
tendente a su inserción laboral, como proceso subsiguiente al de
evaluación, diagnóstico y calificación de minusvalía.
- Facilitar a los posibles empleadores un asesoramiento dirigido
a un mejor conocimiento de los aspectos profesionales y de las
medidas de apoyo a la contratación de las personas con
discapacidad, así como información sobre los organismos
competentes, ayudas económicas y tramitación correspondiente.
- Procurar una atención integral y coordinada para la plena
integración social de las personas con discapacidad, facilitando
el acceso a la información sobre Vivienda, Transporte,
Autonomía Personal (ayudas técnicas y adaptaciones), Tráfico,
Ocio, Deportes, y cualesquiera otras, potenciando la difusión de
la misma.
- Establecer medios para conocer las necesidades y demandas de
este colectivo, mediante la colocación de un Buzón de Quejas y
Sugerencias, así como de Libro de Quejas y Sugerencias,
pretendiendo así una atención eficaz basada en dos aspectos de
calidad: rápida respuesta y profesionalidad.
Artículo 5. Personal.
Al frente de la Oficina Regional de la Información y
Asesoramiento a Personas con Discapacidad habrá un Coordinador,
con nivel orgánico de Jefe de Negociado, al que corresponderán
las funciones de coordinación, organización y supervisión de
las actividades de la Oficina y el control y dirección del
personal a su cargo.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina contará con el
personal que se determine en la Relación de Puestos de Trabajo.
Artículo 6. Organización y
funcionamiento.
La organización y el funcionamiento de la Oficina
Regional de Información y Asesoramiento a Personas con
Discapacidad, se ajustará a lo dispuesto en la presente Orden y
en las disposiciones que para el desarrollo de la misma puedan
dictarse, sin perjuicio de las funciones de planificación,
coordinación y control que, en materia de información al
ciudadano, están atribuidas a la Dirección General de la
Función Pública y de la Inspección de Servicios.
Artículo 7. Coordinación.
La Oficina Regional de Información y Asesoramiento a
Personas con Discapacidad, en el ejercicio de sus funciones,
tendrá la obligación de coordinar su actuación con la Oficina
de Coordinación de Unidades de Información y Atención al
Ciudadano de la Dirección General de la Función Pública y de
la Inspección de Servicios, con la Sección de Información del
Servicio de Régimen Interior del ISSORM, así como con la Unidad
de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de
Sanidad y Política Social.
DISPOSICIONES FINALES. 
Primera. Se faculta a la Directora del
Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia para
dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la ejecución y
desarrollo de esta Orden.
Segunda. La presente Orden entrará en vigor
el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial de la Región de Murcia".
Compilado por
Carlos Egea García.
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