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Ruta: Legislación > Nacional > Acceso a los estudios universitarios.
(BOE nº 19 de 22/01/2004)
Este Real Decreto, que regula la prueba el acceso a los estudios universitarios, establece medidas favorecedoras para las personas con discapacidad.
2. Las universidades reservarán un tres por ciento de las plazas disponibles para estudiantes que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a las circunstancias personales de discapacidad que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa. La minusvalía deberá estar acreditada por órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
El acceso de los estudiantes con discapacidad a los estudios universitarios de carácter oficial se basará en los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y compensación de desventajas.
Los procedimientos de admisión de estudiantes establecidos en este real decreto y en sus normas o actos de desarrollo que sean establecidas por las universidades contendrán las medidas que resulten necesarias para la adaptación de aquéllos a las necesidades especiales de estas personas.
NOTA: Disponemos de la versión completa de este Real Decreto 1742/2003 en PDF.
Compilado por Carlos Egea García
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