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Terminó el 2003 y con él concluyó la celebración del Año Europeo de las Personas con Discapacidad. Mi pretensión no es hacer aquí un balance del mismo. Instituciones diversas (como el CERMI o el IMSERSO, por citar alguna) se han encargado de realizar dicha tarea y a ellas remito al lector. Aquí plasmaré mis propias reflexiones sobre un aspecto que me ha parecido especialmente relevante de este Año Europeo. Me refiero a la proliferación de nuevas normas legales que han tenido como centro de atención a las personas con discapacidad.
Vaya por delante un pronunciamiento personal y genérico al respecto: no me gustan las normas que regulan de forma especial las condiciones sociales de las personas con discapacidad. Por mi parte, prefiero que las regulaciones se realicen dentro de las normas de carácter general y, así, el deporte para personas con discapacidad se regule en la Ley del Deporte o la atención sanitaria se haga el la Ley General de Sanidad.
Dicho lo anterior, no me puedo sustraer a la realidad de que ante el atraso que en España tiene el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad y la prestación de servicios que éstas precisan, no vea con malos ojos el que se generen esas "normas especiales" de las que decía no ser partidario.
Pues el 2003 ha sido un año muy prolífico en nuevas normas y, generalmente, de carácter específico. Una recopilación de las más importantes de puede encontrar en otra página de este sitio Web (ver "normativa nacional"). Voy, ahora a centrar mi atención en dos de ellas.
La Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad, es la primera de ellas. La pregunta que me hago es ¿hacía falta una norma de este tipo? o, más bien, ¿hacía falta una revisión de la regulación sobre herencias, enjuiciamiento civil y tributación? Me da la sensación de que se puede producir una impresión de "trato de favor" hacía las personas con discapacidad, habiendo otros grupos de personas que en estos momentos están reclamando modificaciones es dichas normas sin encontrar respuesta. También me pregunto ¿a quién beneficia realmente esta norma? Parece que son a las familias de rentas más altas. A aquellas que se plantean la herencia como cuestión fundamental en su familia. Realmente me parece que son pocas las familias en las que la herencia juega un papel relevante. No quiero que se me interprete como un opositor a esta nueva Ley. Lo que cuestiono es su prioridad dentro del las necesidades de las personas con discapacidad y su oportunidad como excepción de la regla.
La otra norma a la que me quiero referir es la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Primero se planteo como sucesora de la LISMI, para quedar al final como una norma complementaria. Soy un firme defensor de plantear como plataforma de inserción la "no discriminación". Algo que serviría por igual a otros grupos sociales y que viene recogido en nuestra Constitución. Por supuesto, defiendo la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos como principio social de un estado democrático. Ni que decir tiene que la accesibilidad es una preocupación personal que se puede apreciar en este, mi sitio en la Web. Pero plantear una norma con un título tan majestuoso (aunque considero que poco afortunado en su redacción) debía haber aparejado unos contenidos más sustantivos. Bienvenida sea, no obstante, ya que la LISMI lleva muchos años de incumplimiento en su ejecución y ha quedado desfasada en el tiempo. Vuelvo a plantear, como antes, mi discrepancia más en la forma que en el fondo.
No quiero entrar en más detalle de algo sobre lo que habremos de hablar durante bastante tiempo. Espero que los impulsores de estas "nuevas leyes" tengan ahora la voluntad de ponerlas en práctica y hacerlas llegar a todas la personas que por razón de discapacidad se encuentran en desventaja en nuestra sociedad.
Carlos Egea García
13 (y martes) de enero de 2004
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